Retroactividad total en las clausulas suelo
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se opuso hoy a la decisión del Tribunal Supremo español y sentenció a favor de la retroactividad de las devoluciones por cláusulas suelo abusivas, con lo que la banca deberá pagar miles de millones para devolver a los hipotecados todo lo que cobró de más. La corte afirma que limitar en el tiempo los efectos de la nulidad de las cláusulas suelo es incompatible con el derecho de la Unión Europea. La sentencia de deja sin efecto lo adelantado el pasado 13 de julio por el abogado general del TUE Pablo Mengozzi, que publicó sus conclusiones sobre el asunto, que no eran vinculantes pero que el Tribunal suele seguir en la mayoría de los casos. En ellas, Mengozzi avaló aplicar una retroactividad limitada en el tiempo.
La mencionada Sentencia ha establecido lo siguiente:
“La declaración judicial del carácter abusivo de una cláusula debe tener como consecuencia el restablecimiento de la situación en la que se encontraría el consumidor de no haber existido dicha cláusula. Por consiguiente, la declaración del carácter abusivo de las cláusulas suelo debe permitir la restitución de las ventajas obtenidas indebidamente por el profesional en detrimento del consumidor”, sostiene la sentencia dictada esta mañana.
“Por consiguiente, de tal limitación en el tiempo resulta una protección de los consumidores incompleta e insuficiente que no constituye un medio adecuado y eficaz para que cese el uso de las cláusulas abusivas, en contra de lo que exige la Directiva”, añade el fallo comunitario. Esta sentencia no es de aplicación inmediata, sino que tendrá que ser adoptada por el Supremo en las próximas declaraciones de nulidad de estas cláusulas. Asimismo, tampoco las declara nulas en todos los casos, por lo que los consumidores deberán seguir pleiteando para lograr dicha declaración; en caso de sentencia favorable, se les devolverá todo el dinero pagado de más desde la firma de la hipoteca.
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Buenísimo el post. Un cordial saludo.