Ejecución de sentencias

Cuando una sentencia es firme, el condenado, cuenta con un plazo de veinte días hábiles para dar cumplimiento voluntario a dicha sentencia. Caso que transcurrido dicho plazo la sentencia se incumpla, los Tribunales obligarán a dar cumplimiento a sus pronunciamientos siempre que se presente la correspondiente demanda de ejecución de sentencia.

El proceso de ejecución se inicia mediante demanda ejecutiva requiriendo al juez que obligue al cumplimiento de la sentencia. El juez requerirá al ejecutado para el pago.

Frente al requerimiento el ejecutado puede:
• Cumplir la sentencia en el acto.
• Oponerse a la ejecución por motivos fundados según establece la ley y en el plazo de 10 días.
• No cumplir en el acto ni oponerse, en cuyo caso se procederá por parte del Juzgado a la ejecución forzosa.

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